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Documento de antecedentes
Poner fin a la impunidad de la violencia contra las mujeres y
las niñas
Cada vez se
reconoce más que la violencia contra las mujeres y las niñas sigue siendo
uno de los desafíos más graves e imperiosos de nuestros tiempos. En todas
partes del mundo, sus consecuencias reales y perjudiciales para las mujeres
y las niñas constituyen impedimentos para el logro de la igualdad de género,
el desarrollo y la paz. Juntas, la comunidad y la sociedad civil
internacionales han llegado a la conclusión de que no existen circunstancias
que justifiquen la violencia contra las mujeres y las niñas: es siempre una
violación de sus derechos humanos, es siempre un delito y es siempre
inaceptable.
Con
demasiada frecuencia los autores de la violencia contra las mujeres y las
niñas no son castigados. Esta impunidad, considerada por muchos tan común y
tan inaceptable como la violencia misma, es uno de los elementos clave que
perpetúan esa violencia y discriminación. En tanto la sociedad acepte y
tolere la impunidad de la violencia contra las mujeres y las niñas, también
seguirá aceptando y tolerando los actos de violencia.
Sin embargo,
a pesar de que se es cada vez más conciente de la magnitud del problema de
la violencia contra las mujeres y las niñas, sus dimensiones, formas,
consecuencias y costos, tanto para los individuos como para la sociedad en
su conjunto, todavía no se ha materializado la voluntad política de poner
fin a la cultura de la impunidad y de evitar y afrontar la violencia contra
las mujeres y las niñas.
El derecho a una vida sin violencia
El
reconocimiento específico del derecho de las mujeres y las niñas a una vida
libre de violencia es relativamente reciente. Históricamente, la lucha de
las mujeres contra la violencia, incluida la impunidad que suele proteger a
quienes la cometen, ha guardado estrecha relación con su lucha por superar
la discriminación. A medida que se fueron elaborando normas para prevenir,
castigar y erradicar la violencia contra la mujer, también se realizaron
muchos progresos en las normas mundiales dentro del propio sistema de las
Naciones Unidas.
Fueron los
esfuerzos de las mujeres que llevaron en 1979 a la aprobación de la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer, el principal instrumento internacional de derechos humanos para la
mujer y la niña. En el primer párrafo de la Convención se recuerda que la
Carta de las Naciones Unidas “... reafirma la fe en los derechos humanos
fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la
igualdad de derechos de hombres y mujeres ...”. Más adelante se define la
discriminación contra la mujer como “... toda distinción, exclusión o
restricción basada en el sexo que tenga por resultado ... menoscabar o
anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer ... sobre la base de
la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades
fundamentales ...”. La Convención, al igual que muchos otros instrumentos
jurídicos y documentos negociados de conferencias internacionales, consagra
el derecho de las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia.
Con arreglo
a lo establecido en numerosos acuerdos internacionales, los Estados tienen
la obligación reconocida de respetar, proteger, promover y satisfacer los
derechos humanos. El hecho fundamental de reconocer que los derechos de la
mujer son derechos humanos extendió la responsabilidad del Estado de
proteger a las mujeres y las niñas de la violencia contra ellas, que
constituye un acto de discriminación y una violación de sus derechos
humanos. Por consiguiente, las mujeres y las niñas tienen derecho a una vida
libre de violencia.
La violencia
contra las mujeres y las niñas tiene sus raíces en la desigualdad y la
discriminación contra ellas, tanto en la esfera privada como en la pública.
En las principales conferencias celebradas en 1975, 1980, 1985 y 1995, las
Naciones Unidas reunieron a las naciones del mundo a efectos de examinar
estrategias y políticas para lograr la igualdad para las mujeres y las
niñas, y para poner fin a la violencia contra ellas. En la Declaración sobre
la eliminación de la violencia contra la mujer de las Naciones Unidas
aprobada por las Naciones Unidas en 1993, la violencia contra la mujer se
define como “... una manifestación de relaciones de poder históricamente
desiguales entre el hombre y la mujer, que han conducido a la dominación de
la mujer y a la discriminación en su contra por parte del hombre ...”. Ese
mismo año, en la Declaración y el Programa de Acción de Viena se afirmaba la
universalidad de los derechos de la mujer como derechos humanos y se instaba
a la eliminación de la violencia por motivos de género.
Estos
procesos desembocaron en la aprobación de la Plataforma de Acción de
Beijing, que constituye un plan mundial para lograr la igualdad de género.
La Plataforma de Beijing reitera que la violencia contra las mujeres y las
niñas constituye una violación de sus derechos humanos y les impide gozar
plenamente de sus libertades fundamentales. Una de las estrategias
principales de la Plataforma es movilizar a los gobiernos nacionales y
locales, así como a la sociedad civil, para poner fin a la impunidad.
En el marco
de las Naciones Unidas, los gobiernos siguen prestando atención a la
cuestión de la violencia contra las mujeres y las niñas. La resolución 1325
del Consejo de Seguridad sobre la mujer, la paz y la seguridad, aprobada en
el año 2000, colocó la cuestión de la violencia sexual y la violencia por
razón de género en los conflictos armados y después de ellos, y la
importancia de proteger a las mujeres y las niñas en esas circunstancias, en
el centro del debate mundial sobre la paz y la seguridad.
Los líderes
mundiales reunidos en la Cumbre Mundial 2005 reafirmaron su convicción de
que el progreso de la mujer es el progreso de todos, y reconocieron la
importancia de eliminar todas las formas de discriminación y violencia
contra las mujeres y las niñas, incluida la impunidad.
Estos marcos
internacionales jurídicos y normativos, así como los marcos regionales y
nacionales conexos, reafirman que la violencia contra las mujeres y las
niñas constituye una violación de sus derechos humanos, cuya raíz se
encuentra en la discriminación. Estos marcos proporcionan una base sólida,
con instrumentos para que los Estados protejan los derechos de la mujer y de
la niña y erradiquen no sólo la violencia sino también la discriminación en
que se basa. Además, reafirman que los Estados tienen el deber de prevenir
la violencia contra las mujeres y las niñas, investigar los actos cuando
ocurran, enjuiciar y castigar a quienes los cometan y ofrecer compensaciones
a las víctimas.
Impunidad:
el desafío de cómo romper el ciclo
La
aceptación de la violencia contra las mujeres y las niñas, ya sea explícita
o tácitamente, crea una cultura de impunidad que perpetúa esa violencia. Un
Estado que no hace responsables a los autores de la violencia contribuye a
la cultura de la impunidad en que se niega justicia y se profundizan las
raíces de la desigualdad de género. Los abusos continúan, la violencia
contra las mujeres y las niñas se normaliza y se acepta, y se refuerza la
desigualdad, lo que crea un ciclo vicioso.
Las leyes y
políticas discriminatorias son uno de los factores que contribuyen a la
cultura de la impunidad. Algunas leyes no tipifican como delitos plenos
todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. Algunas
definiciones de violación se basan en el uso de la fuerza y no en la falta
de consentimiento de la víctima. La violación puede considerarse aceptable
en el marco del matrimonio y las normas en materia de violencia doméstica
pueden ser demasiado restrictivas y referirse sólo a la violencia física.
Las normas
que consideran la violencia sexual como un delito contra la familia o contra
el pudor en vez de violaciones del derecho de la mujer a la integridad
física también contribuyen a la cultura de la impunidad. Las condenas de los
autores de violencia sexual pueden verse reducidas por motivos que nada
tienen que ver con la protección de los derechos de la mujer o de su
integridad física. Un violador que acepte casarse con su víctima puede ser
tratado con indulgencia. Un familiar culpable de violencia, incluso
homicidio, también puede ser tratado con indulgencia si el homicidio fue
cometido en nombre del “honor”. Los Estados también pueden contribuir a la
impunidad si no hacen cumplir las normas, aunque éstas sean apropiadas.
Para
cumplir plenamente su obligación de proteger los derechos de las mujeres y
las niñas, los Estados no deben limitarse a promulgar leyes que tipifiquen
todas las formas de violencia contra la mujer. Deben hacer más que hacer
cumplir esas leyes. Para que las nuevas normas cobren vida, los Estados
deben afrontar directamente las actitudes y los prejuicios que promueven la
cultura de la impunidad.
Varios
Estados han logrado progresos significativos en su labor por prevenir la
violencia contra las mujeres y las niñas, así como por responder a ella, y
su labor ha permitido determinar prácticas buenas y promisorias. Entre
ellas, cabe mencionar la aplicación de políticas y leyes claras con
mecanismos de cumplimiento fuertes, y la colaboración estrecha con la
sociedad en su conjunto para establecer procesos eficaces que trasciendan
todos los sectores de gobernanza. Los planes de acción nacionales que
parecen funcionar mejor abarcan un conjunto extenso de medidas y agentes,
desde establecer reformas jurídicas y estrategias de prevención, como hacer
que la educación sea más accesible a las niñas y lograr el apoyo de los
hombres y los niños, hasta asegurar un cumplimiento de la ley y tribunales
más seguros y equitativos, así como servicios de apoyo a las víctimas de
mayor calidad.
Lograr una justicia segura y accesible
Ha
surgido consenso internacional con respecto a cómo encarar mejor la
violencia contra la mujer y la niña, tal como se refleja en los instrumentos
y acuerdos que componen el marco jurídico y normativo actual. No se puede
poner fin a la impunidad de la violencia contra la mujer y la niña hasta que
las víctimas no tengan más acceso a la justicia, y el proceso de reclamar
justicia sea más seguro. Los Estados deben adoptar medidas para proteger a
las víctimas y resguardar su intimidad, cuando denuncian actos de violencia
y durante los procedimientos judiciales. También deberían adoptar medidas
para facilitar el enjuiciamiento de los delitos de violencia doméstica. Por
último, los culpables de delitos sexuales deben recibir los castigos
apropiados.
Los
procesos de investigación y denuncia, incluidas las reglas de procedimiento
y pruebas, deben ser de carácter no discriminatorio, y se debería
proporcionar asistencia financiera a quienes la soliciten para obtener
representación jurídica. Todos los interesados, incluidas las propias
mujeres y niñas, deberían recibir educación sobre su derecho a no ser
víctimas de violencia y discriminación.
Deberían existir servicios de apoyo coordinados, de diversos sectores, como
líneas directas, refugios y centros de crisis, incluidos centros de apoyo a
las víctimas con servicios médicos y psicológicos, y esos servicios deberían
recibir los recursos adecuados.
Las
actitudes también deben cambiar. Las campañas para crear conciencia pueden
incrementar la sensibilidad del público sobre las vulnerabilidades de la
mujer y la niña frente a la violencia. Los debates públicos sobre la
violencia, especialmente con hombres y niños, pueden ayudar a promover el
reconocimiento de que la violencia es una violación de los derechos de la
mujer y la niña. Este reconocimiento puede llevar a un compromiso más amplio
para asegurar que la responsabilidad frente a la violencia contra la mujer
reciba atención prioritaria y se ponga fin a la impunidad.
Se necesitan medidas en todo los niveles, de todos los
sectores
A pesar de
las numerosas iniciativas emprendidas por los Estados, los organismos y
organizaciones de las Naciones Unidas y la sociedad civil, la lucha contra
la violencia y la impunidad sobre el terreno no ha avanzado lo suficiente ni
ha sido consistente en todo el mundo. La violencia contra las mujeres y las
niñas no puede eliminarse si no se dispone de los recursos adecuados ni
existe la voluntad política de lograr un cambio. La eliminación de la
violencia debe considerarse una prioridad en todos los niveles – local,
nacional, regional e internacional – y el compromiso debe demostrarse en los
niveles más altos por medio de recursos adecuados y esfuerzos decididos.
La
eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas no es
responsabilidad únicamente del Estado sino que se extiende a todos. Hará
falta tomar medidas urgentes, en todos los niveles, colectiva e
individualmente, para asegurar la igualdad de género de las mujeres y las
niñas, y para poner fin a la autocomplacencia que suele acompañar esta
violencia en la esfera privada y que permiten considerarla socialmente
aceptable o inevitable.
Es necesario apoyar y mantener un entorno político y social en que no se
tolere la violencia contra la mujer y la niña, un entorno en que los amigos,
los familiares y los vecinos, hombres y mujeres juntos, intervengan para
asegurar que ningún culpable quede sin castigar.
La violencia
sexual se convierte en un crimen de guerra
Dos tribunales establecidos
después de casos de horrenda violencia étnica, a saber, el Tribunal Penal
Internacional para la ex Yugoslavia y el Tribunal Internacional para Rwanda,
han reconocido que la violencia sexual, incluida la violación, son actos de
tortura y crímenes de lesa humanidad. El Tribunal Internacional para Rwanda
reconoció concretamente que los “actos de violencia sexual no se limitan a
la penetración física en el cuerpo humano y pueden comportar actos que no
consistan en la penetración o siquiera el contacto físico”.
El Tribunal Especial para
Sierra Leona ha enjuiciado a personas por matrimonios forzados. El Estatuto
de Roma de la Corte Penal Internacional establece su competencia respecto de
los delitos de violencia sexual como violación, esclavitud sexual,
prostitución forzada, embarazo forzado y esterilización forzada como
crímenes de lesa humanidad cuando se cometen como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra una población civil.
Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer
realizado por el Secretario General de las Naciones Unidas
A pedido de la Asamblea
General de las Naciones Unidas, el Secretario General de las Naciones Unidas
realizó un estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la
mujer. Presentado a la Asamblea en octubre de 2006, el estudio examina las
causas y consecuencias de la violencia contra la mujer, evalúa sos costos,
identifica las lagunas y problemas en la reunión de datos útiles y examina
la eficacia de distintas metodologías para evaluar la prevalencia de
distintas formas de violencia. El informe también impone a los Estados la
responsabilidad concreta de abordar y prevenir la violencia contra la mujer
y presenta un plan para que todos los interesados, incluidos los Estados a
nivel nacional y los organismos intergubernamentales y las entidades de las
Naciones Unidas en los niveles regional e internacional, adopten medidas
para realizar progresos mensurables en la prevención y eliminación de la
violencia contra la mujer.
En diciembre de 2006,
la Asamblea General se basó en las recomendaciones del estudio para aprobar
una resolución amplia sobre la intensificación de los esfuerzos para
eliminar todas las formas de violencia contra la mujer. En la resolución se
insta a los Estados Miembros a adoptar medidas, en distintos planos, para
abordar y eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, y se insta
a los órganos del sistema de las Naciones Unidas a que coordinen mejor e
intensifiquen sus iniciativas a este respecto. Para más información, sírvase
consultar:
http://www.un.org/womenwatch/daw/vaw.
Estudio de caso: el plan de
Liberia para combatir la violencia contra la mujer
Tras un conflicto de más de
diez años de duración en que las mujeres y las niñas fueron víctimas de
altos niveles de violencia, sobre todo violencia sexual, Liberia ha
elaborado un plan de acción nacional para luchar contra la violencia por
motivos de género que establece objetivos para prevenir esta violencia y
mejorar la disponibilidad de servicios apropiados para las supervivientes.
En colaboración con otros interesados, el Gobierno ha establecido
estrategias para hacer frente a los desafíos fundamentales, e indicadores
para evaluar las consecuencias de la violencia contra las mujeres y las
niñas, y supervisar los resultados de los programas. Los objetivos del plan
consisten, entre otros, en: el empoderamiento económico, la creación de
capacidad para quienes prestan atención de salud, el fortalecimiento del
sistema de justicia penal, y el desarrollo de un sistema integrado de
protección nacional para prevenir la violencia y responder a ella.
Convenios y
convenciones en materia de derechos humanos
El derecho de la mujer y de
la niña a una vida libre de violencia está consagrado en distintos tratados
de derechos humanos. Con arreglo a ellos, las mujeres y las niñas tienen
derecho, entre otra cosas, a la vida, la libertad y la seguridad de su
persona; a no ser sometidas a tortura, ni a otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes; a no ser víctimas de esclavitud y servidumbre; a
igual protección ante la ley; a igualdad en el matrimonio y las relaciones
familiares; a condiciones de vida adecuadas; a condiciones de trabajo justas
y favorables y al más alto nivel posible de salud física y mental. La lista
de tratados y acuerdos internacionales relativos a los derechos de la mujer
pueden consultarse en línea en la siguiente dirección: http://www.un.org/spanish/events/women/iwd/2007/
Iniciativa de las Naciones Unidas contra la violencia sexual en los
conflictos
Una nueva iniciativa en que
participan varios organismos y oficinas de las Naciones Unidas está tratando
de disminuir el uso de la violencia sexual como arma de guerra. Mediante
esta iniciativa las Naciones Unidas colaborarán con los gobiernos nacionales
y las organizaciones no gubernamentales asociadas para aumentar la
conciencia pública respecto de la violencia sexual como arma de guerra y
para encontrar formas de prevenirla, poner fin a la impunidad de sus autores
y mejorar los servicios para los supervivientes. Otro de sus objetivos es
contrarrestar los efectos a largo plazo de la violencia sexual en las
comunidades y el desarrollo social. Para más información sírvase consultar:
www.stoprapenow.org.
Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas en apoyo de las medidas para poner
fin a la violencia contra la mujer
En 1996, la Asamblea
General de las Naciones Unidas estableció un fondo fiduciario multinacional
para prestar apoyo a los esfuerzos realizados a nivel local, nacional y
regional para combatir la violencia contra la mujer. Administrado por el
Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), el Fondo
Fiduciario de las Naciones Unidas empezó a funcionar en 1967 y en diez años
de existencia este mecanismo de financiación multilateral ha distribuido
casi 13 millones de dólares de los Estados Unidos a 226 programas en más de
100 países. Para más información, sírvase consultar: www.unifem.org/campaigns/trust_fund_10th_anniversary.
La campaña del lazo blanco:
Los hombres trabajan para
poner fin a la violencia contra la mujer
En lo que es hoy la iniciativa masculina más importante a nivel mundial para
poner fin a la violencia por motivos de género contra las mujeres y las
niñas, el lazo blanco simboliza la promesa del hombre de no utilizar ni
perdonar nunca la violencia contra una mujer o una niña, ni permanecer
callado ante ella. La campaña del lazo blanco, que inicialmente consistía en
una semana de actividades de concienciación al año, incluye ahora
actividades a lo largo de todo el año en más de 55 países, en cada
continente.
La campaña tuvo su origen
como respuesta a un delito por motivo de género particularmente atroz que
despertó la conciencia colectiva del país a la cuestión de la violencia
contra la mujer. El 6 de diciembre de 1989, 14 mujeres de la École
Polytechnique de Montreal fueron asesinadas a sangre fría por ser mujeres.
El símbolo del lazo blanco nació en 1991, poco antes del segundo aniversario
del delito. Tres hombres de Toronto se sintieron obligados a actuar para
poner fin a la violencia por motivo de género e hicieron declaraciones
respecto del papel que les correspondía como hombres y de su responsabilidad
colectiva. El primer año, casi 100.000 hombres se pusieron un lazo blanco, y
miles reflexionaron sobre la cuestión por primera vez.
La campaña ha crecido exponencialmente en
sus cinco años de existencia. Hoy día, en todo el mundo, se centra en
determinar las cuestiones normativas, educar a los hombres y a los niños,
concienciar a la opinión pública y cuestionar directamente a los hombres con
respecto a sus acciones, ideas y creencias. Para más información sírvase
consultar:
www.whiteribbon.com
Centros integrales
Los centros integrales, establecidos por
primera vez en Malasia, sirven como modelo para proporcionar a las víctimas
y las supervivientes de violencia doméstica múltiples servicios en una sola
localidad. Después de recibir tratamiento médico, la víctima-superviviente
recibe asesoramiento. Si el hecho de regresar a su hogar implica peligro
para la víctima, se hacen otros arreglos, como admitirla en un refugio de
emergencia o un hospital. Se alienta a las víctimas-pacientes a presentar
una denuncia a la policía y, más adelante, a realizar un seguimiento ante
los servicios adecuados. En los casos de heridas graves, la policía puede
tomar la declaración de la paciente en el entorno médico a efectos de poder
iniciar la investigación. Este modelo está siendo utilizado en gran parte de
Asia, así como en otros países, en particular Sudáfrica.
Publicado por el
Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas – DPI/2451 -
marzo de 2007
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